La protección de las niñas frente a la violencia en el sistema de justicia penal

Aún hoy, millones de niñas siguen padeciendo los perjuicios derivados de la violencia física, mental y sexual infligida en el hogar, la escuela y la comunidad, así como en las instituciones encargadas de su cuidado y en las instituciones de justicia. Los indicios observados en algunos países indican que entre un 80 % y un 90 % de las niñas que han caído en la prostitución y el uso indebido de drogas han sufrido abusos sexuales u otras formas de violencia en sus hogares.

Por desgracia, esas mismas niñas también corren el riesgo en muchos casos de entrar en contacto con el sistema de justicia penal. Debido a su corta edad y a su género, las niñas han de afrontar una doble desventaja: por un lado, se las criminaliza por delitos o faltas que no están previstos para la población adulta, como los imputables en razón de la condición personal; por otro, corren el riesgo de incurrir en actos punibles con base en normas de género, como los delitos de orden moral y el incumplimiento de códigos de vestimenta estrictos que no se aplican a los varones.

Se practican detenciones de niñas por delitos leves y, a menudo, estas permanecen detenidas en condiciones inhumanas, lo que las deja expuestas a actos de violencia sexual, tortura, violación, acoso, registros corporales invasivos y otros tratos humillantes por parte de la policía y del personal de los centros de detención. En algunos países, se les puede imponer la pena capital y otros castigos inhumanos, como la lapidación, la flagelación y la amputación.

En muchas partes del mundo, el sistema de justicia penal se emplea en sustitución de un sistema de protección de menores inexistente o carente de eficacia. Por ello, sigue siendo muy frecuente que las niñas que han sufrido actos de violencia reciban un castigo en lugar de la protección a la que tienen derecho.

A menudo, las niñas que delinquen lo hacen empujadas por la explotación, la coacción y la manipulación que sobre ellas ejercen los adultos, en ocasiones exnovios mayores y también miembros de la familia. En numerosos países, niñas traumatizadas que han sido víctimas de la trata de personas terminan siendo detenidas y encarceladas por prostitución. En el curso de mis misiones a centros de detención de distintos Estados, también he conocido a un sinnúmero de niñas que fueron coaccionadas para vender drogas. Una, en concreto, me comentó que, cuando la detuvieron (por posesión de drogas), no sabía lo que habían puesto en sus manos.

Las niñas representan una minoría en el sistema de justicia penal; sin embargo, dada su particular vulnerabilidad, precisan no solo una protección especial, sino también estrategias de rehabilitación y reintegración en función del género y la edad.

Todas las regiones adolecen de una carencia general de alternativas que no impliquen la privación de libertad, así como de programas comunitarios adaptados a las necesidades de las niñas. En consecuencia, estamos asistiendo a un preocupante aumento del número de niñas y mujeres detenidas.

La comunidad internacional ha formulado y concertado un sólido marco de derechos humanos para prevenir y combatir todas las formas de violencia infligidas contra las niñas en el sistema de justicia penal. Sin embargo, la brecha que separa las normas internacionales de las prácticas vigentes en todo el mundo es amplia y reclama una atención urgente.

En su 23er período de sesiones, celebrado en mayo de 2014, la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal adoptó una serie de estándares importantes para hacer frente a tan apremiantes problemas: las nuevas Estrategias y Medidas Prácticas Modelo de las Naciones Unidas para Eliminar la Violencia contra los Niños en el Ámbito de la Prevención del Delito y la Justicia Penal.

Las Estrategias y Medidas Prácticas Modelo aglutinan, en un enfoque integrado y centrado en la infancia, todas las normas pertinentes de las Naciones Unidas previamente adoptadas, incluidas las Estrategias y Medidas Prácticas Modelo para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer en el Campo de la Prevención del Delito y la Justicia Penal, que hacen frente a la discriminación y las vulnerabilidades específicas de las mujeres.

En las Estrategias y Medidas Prácticas Modelo se tienen en cuenta las funciones complementarias del sistema de justicia, por una parte, y los sectores de protección de la infancia, bienestar social, salud y educación, por otra, para crear un entorno protector y para prevenir la violencia contra los niños y responder a ella. Además, permitirán a las instituciones de justicia penal intensificar su labor para proteger a la población infantil frente a la violencia, así como aumentar la diligencia con que deben investigar y condenar a los autores de delitos violentos contra niños y niñas, así como promover su rehabilitación.

Las Estrategias y Medidas Prácticas Modelo tienen por objeto garantizar que todo niño y niña estén protegidos de todas las formas de violencia, sin discriminación de ningún tipo, y que todas las estrategias y medidas para prevenir la violencia contra este sector de la población y responder a ella se elaboren y se apliquen con una perspectiva de género.

Se tienen en cuenta las necesidades propias de las niñas y su vulnerabilidad a la violencia por razón de género. En este sentido, se insta a los Estados a que eliminen el riesgo de todas las formas de acoso, violencia y discriminación contra las niñas; a que garanticen que en los procesos de adopción de decisiones se tengan en cuenta las necesidades especiales de las niñas y sus factores de vulnerabilidad, y que se respete y proteja su dignidad durante los cacheos personales; a que utilicen otros métodos de inspección para sustituir los cacheos sin ropa y las inspecciones corporales invasivas, a fin de evitar las consecuencias psicológicas perjudiciales y la posible repercusión física de esos cacheos; y a que adopten y apliquen políticas y reglamentos claros sobre el comportamiento del personal, a fin de brindar la máxima protección a las niñas privadas de libertad contra todo tipo de violencia física o verbal, abuso o acoso sexual.

Se prevé que la Asamblea General adoptará las nuevas Estrategias y Medidas Prácticas Modelo en octubre de 2014. Confío en que este nuevo e importante instrumento contribuya a cerrar la brecha entre las normas y la práctica internacionales, así como a asegurar que las niñas y los niños de todo el mundo puedan vivir sin violencia.

Marta Santos Pais
Nueva York, 15 de julio de 2014